Derecho de Autor - ¿Qué es?

Artistas, escritores, innovadores y emprendedores ... de hecho gente creativa y empresarial de todos los orígenes; En su mayoría, aquellos que comienzan, pero incluso algunos con un nivel de experiencia en su campo detrás de ellos, en algún momento u otro se han dado cuenta de que han tenido conceptos erróneos sobre qué son los derechos de autor, cómo funcionan, para qué tipos de trabajo creativo y para qué puede hacer por ellos.

Entonces, comencemos, y quizás con las preguntas más obvias que cualquiera pueda tener sobre los derechos de autor; ¿Qué es y por qué existe en primer lugar?

Comencemos con la última pregunta primero.

Por qué existen los derechos de autor

Imagínese este escenario; construyes una cabaña, digamos, según tu propio diseño. Es un hermoso edificio con techo de paja de estilo Tudor, con un jardín pequeño y bien cuidado y una vista impresionante de colinas verdes y onduladas que ofrecen espectaculares puestas de sol por la noche. Ahora imagina que alguien se entera un día de tu casa de campo única y muy atractiva y se muda mientras estás fuera. Llegas a casa y de repente te das cuenta de que no puedes volver a entrar, y este ocupante ilegal que está adentro dice que son dueños de tu casa, que la construyeron incluso y, lo que es peor, comenzaron a alquilar la habitación trasera por un centavo. Para colmo, ahora están construyendo cabañas duplicadas que coinciden con su diseño en el futuro para vender y ganar aún más dinero.

Transfiera esta analogía, ciertamente burda, a la creatividad, y es por eso que existen los derechos de autor.

"En primer lugar, las personas que crean obras del intelecto o que invierten en su creación y difusión tienen derecho, como cuestión de derecho humano, a obtener un rendimiento justo por su creatividad e inversión.

En segundo lugar, a menos que se respalden los derechos de los creadores e inversores a una rentabilidad justa, la comunidad en su conjunto se vería empobrecida por el hecho de que, en muchos casos, estas obras no se crearían ni desarrollarían "(2).

Nuestra civilización progresa a través de la creatividad y la innovación. Pero para que los creadores creen, necesitan comer, necesitan vivir, ganar dinero, recibir reconocimiento por su trabajo y el estímulo para seguir esforzándose cuando las cosas se ponen difíciles. Por lo tanto, los derechos de autor existen para hacer que esto suceda y ayudar a los innovadores a obtener ingresos de sus creaciones. Los derechos de autor existen para promover la creatividad y ayudar a las personas creativas a vivir de su creatividad. Los derechos de autor existen porque tiene sentido creativo y comercial para que existan.

Si un escritor gana dinero con su trabajo, puede obtener los fondos para seguir escribiendo. Si un artista gana dinero con la concesión de licencias y la fabricación de imágenes de obras de arte, tiene ingresos para poder invertir su tiempo de manera productiva en más proyectos. Además, los derechos de autor existen para fomentar la innovación y la prosperidad, tanto para la sociedad en su conjunto como para el individuo que innova.

Elimine los derechos de autor y, de hecho, atará las manos a la espalda de los creativos. Imagine un mundo cultural, creativo, industrial y económicamente privado porque sus innovadores no recibieron la recompensa y el poder de proteger el uso de sus esfuerzos.

Con eso en mente, pongamos ahora la analogía de mi cabaña en el contexto adecuado; eres una persona creativa, ¿no? Imagine que cada vez que crea algo, alguien puede venir y copiarlo, reclamarlo como propio y muy probablemente ganar dinero con ello, y sin temor a las consecuencias porque no existe una ley que castigue sus acciones. Muy pronto dejarías de crear, ¿no? ¿Cuál sería el punto de todo ese arduo trabajo cuando otros pudieran cosechar el crédito y la recompensa?

Afortunadamente para nosotros, no es así en el mundo real. Leamos de nuevo lo que dice la Oficina de Patentes de Irlanda; que es un "... derecho humano garantizar un rendimiento justo por su creatividad e inversión". Repito, muy bien dicho.

Por eso existen los derechos de autor.

Pero, ¿qué son los derechos de autor?

Los derechos de autor son ...

Si vuelves a considerar mi cruda analogía con la cabaña; esencialmente establece qué es el derecho de autor  ... un derecho de propiedad. Pero un derecho de propiedad que se aplica, no a terrenos, edificios o vehículos, sino a productos de la mente humana ... de nuestro intelecto. Productos creativos, como trabajos literarios, dramáticos, musicales o artísticos o cinematográficos.

¿Y qué se puede hacer con este derecho de "propiedad intelectual"?

Bueno, los derechos de autor tienen algunos derechos similares pero también diferentes a otras formas de derechos de propiedad, lo que permite específicamente al propietario (o propietarios) de los derechos de autor:

copiar, prestar y distribuir su trabajo

otorgar licencia a otros (es decir, otorgar permiso por escrito) para usar el trabajo del propietario de los derechos de autor

adaptar su trabajo o autorizar a otros para que lo hagan (por ejemplo, adaptar un libro a una película)

vender su trabajo creado - su propiedad intelectual - a otros y, lo que es más importante ...

tienen poderes para detener la infracción indebida de esos derechos por parte de terceros, es decir, la copia y explotación del trabajo del propietario de los derechos de autor sin su permiso, así como ...

obtener una compensación en forma de compensación o daños por infracción cuando se haya descubierto una pérdida de ingresos.

Esto se aplica a la obra de los propietarios de los derechos de autor, ya sea que haya sido publicada, exhibida o lanzada al público para su consumo o no.

Sin embargo, no solo esto ...

Derechos morales en derechos de autor

Un creador y comisionado de una obra protegida por derechos de autor también tiene derechos de autor sobre otros derechos relacionados con su obra. Llamados "derechos morales", estos son:

el derecho a ser identificado como el autor (o artista, fotógrafo, compositor, director, etc.) y a evitar que se les atribuya falsamente una obra

el derecho a que su trabajo no sea sometido a un trato despectivo (alteración, reorganización o eliminación) por parte de terceros; "trato despectivo" es el caso en el que el trabajo resultante se mutila, distorsiona y puede dañar la reputación del creador / autores

el derecho a la privacidad cuando se trata de ciertas fotografías y películas (por ejemplo, un comisionado de fotos privadas tiene derecho a que no se publiquen o exhiban al público cuando las fotos se conviertan en obras con derechos de autor)

Aquí hay algunos ejemplos de estos tres puntos anteriores:

He afirmado mi derecho moral a ser identificado como el autor de este artículo; un derecho que tengo por ley para hacerlo (3). Si se tratara de un libro de ficción y se hubiera adaptado a una película, también tendría derecho a ser identificado en la película como el autor de la novela original, a menos que dejes de lado el derecho.

Si por alguna razón, la serie de libros de Harry Potter de JK Rowlings hubiera sido acreditado deliberadamente y a sabiendas como mi trabajo y no el de ella por otra persona, tanto ella como yo podríamos detenerlo, debido a una falsa atribución. 

Si durante la edición de este libro, hubiera sentido que un tercero (un editor, un editor o un impresor) había hecho un trabajo de hacha en todo mi arduo trabajo, no solo podría dejar que se supiera lo infeliz que estaba con este maltrato. , pero yo también tengo derecho a detenerlo. 

Finalmente, los retratos fotográficos de mi pareja y yo, por los que le pagamos a un fotógrafo profesional, cuelgan de las paredes donde vivimos ... y en ningún otro lugar sin nuestro consentimiento. 

¿Ves cómo funcionan los derechos morales?

Ahora debo mencionar que, sin embargo, existen excepciones a los derechos morales; no se pueden afirmar cuando las obras protegidas por derechos de autor son programas de computadora o trabajo generado por computadora (creado sin intervención humana), o para un diseño tipográfico. Además, si el creador / autor no ha hecho valer su derecho a ser identificado como el creador / autor si ese derecho aplica, el Derecho Moral no ha sido violado. Además, si el creador / autor trabaja para un empleador que posee / será propietario de los derechos de autor del trabajo que usted produce, usted tampoco tendrá este derecho (más sobre este "Trabajo hecho para contratar" más adelante).

Quién posee los derechos de autor

Ahora que sabemos el "qué" y el "por qué" de los derechos de autor, averigüemos el "quién"; quién es este "propietario de derechos de autor" que he mencionado:

El propietario de los derechos de autor es la persona o personas que crearon el trabajo protegido por derechos de autor.

Bien podría haberlo adivinado ya.

Entonces, según la ley de derechos de autor, los creativos suelen ser las primeras personas a las que se les otorga la propiedad de los derechos de autor sobre el trabajo que han creado, como se describe anteriormente. (7) Entonces, si usted es alguien que ha creado un trabajo con derechos de autor, los derechos de propiedad de esa obra protegida por derechos de autor no pertenece a nadie más que a usted lo mismo ocurre con el la propiedad intelectual.

Seamos claros sobre esto; nadie más que usted, el creador de la obra protegida por derechos de autor, tiene estos derechos; no a su madre, ni a su pareja, ni a la agradable señora Miggins en el futuro. (Sí, ni siquiera ella.) Son tuyos y solo tuyos (a menos que el trabajo creado haya sido un esfuerzo colaborativo). (8) Exclusivamente. Tampoco serán esos derechos de nadie más a menos que y hasta que usted, como propietario de los derechos (a veces también llamado "titular de los derechos") otorgue permiso de uso - licencia - o ceda / venda - asigne - esos derechos.

Suena bien, ¿no? Funciona para mi.

Habiendo dicho eso, sin embargo ...

Está la propiedad y luego está la propiedad

La gente puede equivocarse cuando se enteran de la propiedad de los derechos de autor, así que pensé, ahora que he identificado qué es la propiedad de los derechos de autor, valdría la pena aclarar qué no es.

Ahora, donde vive, tiene productos como DVD, libros y CD por todas partes, y los posee, ¿verdad? Quiero decir que pagaste un buen dinero por ellos, ¿verdad? Seguro que lo hiciste. Entonces eres su dueño

Pero, ¿eso significa que posee los derechos de autor que subsisten en esos productos?

No, por supuesto que no.

Es el autor y / o el editor / distribuidor quien conserva los derechos de autor. Entonces, hay una diferencia entre poseer una copia de un trabajo protegido por derechos de autor y poseer los derechos de autor de ese trabajo en sí. Si está desembolsando dinero en efectivo, digamos un CD, está comprando la propiedad de esa copia en CD de ese álbum de artistas de grabación, no la propiedad de las grabaciones maestras en sí, ni el derecho a producir copias del CD que compró.

Si más de un autor o creador ha participado en la producción de la obra, se aplica la propiedad conjunta de los derechos de autor. Las asociaciones de composición de canciones son un ejemplo clásico, en el que, en virtud de haber coescrito una canción, cada uno de ellos se convierte en los propietarios conjuntos de los derechos de autor.

Luego está siendo contratado para producir algo de trabajo.

¿Fuiste contratado? Comprueba tus derechos de autor

Todos hemos sido empleados y muchos de nosotros hemos sido contratados como autónomos. Y en ese tiempo les garantizo que armamos algo, escribimos o dibujamos algo para nuestro empleador. ¿Significa esto de acuerdo con lo que he descrito anteriormente que los derechos de autor pasaron a ser nuestros?

No necesariamente.

Verá, si preparamos este trabajo como parte de los deberes de nuestro empleo, o si nos lo encargaron, si somos parte del equipo empleado en un proyecto, o si, de hecho, estamos construyendo algo bajo un " trabajo realizado por contrato ", entonces con toda probabilidad los derechos de autor serán nuestros empleadores, no nuestros.

Entonces, ¿estás en un empleo en este momento y estás creando obras cuyos derechos asumiste eran tuyos? Luego, eche un vistazo al contrato de trabajo que firmó con su empleador. Es probable que haya disposiciones que cubran esta cuestión de propiedad. ¿O está encargando trabajo a otros? Luego, mire las órdenes de compra que envía o los acuerdos que firma. ¿Hay cláusulas en los términos y condiciones que cubran los derechos de propiedad intelectual de las personas que contrata, de modo que esos derechos sean suyos al momento del pago?

Siendo nosotros mismos personas creativas, habíamos aprendido a lo largo de los años el valor que puede tener nuestro trabajo, el dinero que puede ganar y la importancia del registro de derechos de autor como ayuda en la protección y validación de nuestros derechos de propiedad. También aprendimos (¡por las malas!) La necesidad de respaldar nuestro trabajo ... por si acaso.


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